Seguro de Equipo Electrónico

Protege la tecnología que impulsa tu mundo.

¿Qué es el Seguro de Equipo Electrónico?

El Seguro de Equipo Electrónico ofrece una protección integral contra todo riesgo, brindando la cobertura más amplia dentro de los ramos de daños. Ideal para resguardar tus dispositivos y equipos tecnológicos ante imprevistos, garantizando su funcionamiento y tu tranquilidad.
  • Mal manejo, negligencia o malevolencia por parte de empleados u otros.
  • Robo e intento de robo, incluyendo daños que sufran los bienes por este riesgo.
  • Defectos o desperfectos en diseño y material
  • Cortocircuito, exceso de voltaje, inducción
  • Incendio, rayo y explosión de cualquier tipo (incluso daño causado por extinción de incendio y operaciones de salvamento).
  • Quemaduras superficiales y carbonización, humo, hollín
  • Fuerzas de la naturaleza, como tempestad, inundación, granizo, corrimiento de tierra, a excepción de peligros sísmicos.
  • Cualquier influencia de agua y humedad, así como la corrosión resultante
  • Cualquier otro accidente o riesgo que no se excluya
Documentos generales del riesgo por asegurar
  1. Solicitud debidamente firmada por el Contratante y completamente llenada con letra legible, aún los campos que no apliquen.
  2. La respectiva Prima en Depósito, cuyo valor mínimo será de 25% de la Prima Total.
  3. Formulario de Conocimiento del Cliente Sector Asegurador de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros.
  4. Cotización del Seguro con las coberturas, condiciones, precios, deducibles.
  5. Fotocopia de Tarjeta de Identidad o RTN (si se trata de persona jurídica), Pasaporte o carné de residente si es extranjero.
  6. Informe de Inspección incluyendo fotografías.
  7. Descripción y/o inventario del Equipo Electrónico con sus respectivos valores.
  8. Destino (uso).
  9. Ubicación de dicho Equipo.

En caso de siniestros

Una vez producida cualquier circunstancia que pudiera ocasionar un siniestro cubierto por la póliza, el asegurado está obligado a:

  • Informar de la misma inmediatamente a la compañía por teléfono o telegrama y, seguidamente, mediante una declaración escrita, y poner a disposición de la compañía todos los informes y pruebas al respecto requeridos por la misma.
  • Servirse de todos los medios a su alcance para restringir la magnitud de pérdida o del daño.
  • Conservar los bienes dañados y ponerlos a disposición de cualquier mandatario o inspector de la compañía que ésta designará para la inspección correspondiente.
  • Informar sin pérdida de tiempo a la policía en caso de robo o de hurto.
  • Informar a la compañía de cualquier otro seguro que cubra la totalidad o parte del riesgo.